Artículo 10. Numeral 25:
Compras y contrataciones de entidades no gubernamentales
En caso de las entidades no gubernamentales o de carácter privado que manejen o administren fondos públicos deben hacer pública la información obligatoria contenida en los numerales anteriores, relacionada únicamente a las compras y contrataciones que realicen con dichos fondos.
Dicho numeral no es aplicable ya que el Consejo Económico y Social de Guatemala es una entidad autónoma de carácter nacional.
