Esta Secretaría Técnica, con base a los considerados y lo que para el efecto estipulan el Decreto número 2-2012 Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala, Resolución número 05-2013 Reglamento Interno del Consejo Económico y Social de Guatemala y Acuerdo número A-004-2021 del Contralor General de Cuentas.
Artículo 1. Aprobar el “Código de Ética del Consejo Económico y Social de Guatemala”, el cual tiene por objeto establecer un conjunto de principios, valores y normas de conducta que sirvan como fundamento para el actuar íntegro del personal que labora o presta sus servicios para el CES, haciendo una referencia de directrices por medio de un compromiso ético en el desempeño de sus labores.