28
Artículo 10. Numeral 28:

Pertenencia sociolingüística de los usuarios

Las entidades e instituciones del Estado deberán mantener informe actualizado sobre los datos relacionados con la pertenencia sociolingüística de los usuarios de sus servicios, a efecto de adecuar la prestación de los mismos.

El Consejo Económico y Social de Guatemala según el Artículo 1. del Decreto Número 2-2012 “Ley Orgánica del Consejo Económico y Social de Guatemala”, funge como un órgano consultivo del Estado, debido a esto por el momento no cuenta con información relacionada a este numeral.